En su momento, La presidenta Olga Lucía Romero Garci-Crespo señaló que la evaluación es sin perjuicio a la autonomía de la Institución y aclaró que esta revisión fue motivada por el bajo rendimiento y la nula repercusión en las auditorías aplicadas a los sujetos obligados y servidores públicos de pasadas administraciones en los que no se vio alguna tipificación por el daño patrimonial y por el contrario fueron absueltos.
Asimismo, argumentó que la Auditoría Superior del Estado enfrenta una parálisis de 10 y 12 años de retraso en la dictaminación de los expedientes, motivo por el cual se solicitó la revisión para obtener un análisis en el desempeño de sus funciones y cumplimiento de los ordenamientos en la Ley de Transparencia, Ley de Servidores Públicos, Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización y el Reglamento Interior del Poder Legislativo.
Por último, aclaró que la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior está facultada para realizar estos requerimientos, de tal forma que la solicitud efectuada no se debe de ver como una persecución o venganza, ya que a la fecha no se cuenta con informes de revisiones anteriores pese a los convenios existentes con la Auditoria Superior de la Federación.