codigopolitico.mx
Cargando

Type to search

¿Qué se celebra el 5 de febrero y por qué el puente?

Escrito por Henry Sánchez Ortiz

El inicio de este puente también es una oportunidad para recordar qué sucedió el 5 de febrero de 1917, y por qué aún tiene importancia esta fecha en México.

Venustiano Carranza promulgó la Constitución de 1917, la cual sigue vigente hasta hoy por establecer los derechos y obligaciones de los mexicanos.

Por ello; el 5 de febrero de hace 106 años, el expresidente Venustiano Carranza promulgó la Constitución que elaboró en 1917. El escenario de ese acontecimiento fue el Teatro de la República, en el estado de Querétaro. Meses después, el 1 de mayo de ese mismo año, la carta magna entró en vigor, de acuerdo a los registros del gobierno de México.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) indica las fechas inhábiles de este año. En el apartado que concentra las festividades aparece el 6 del segundo mes del 2023, pero ese día fue elegido para conmemorar una de las efemérides más importantes de México: la Constitución de 1917 fue promulgada el 5 febrero.

Antes de que comiencen las celebraciones, te contamos la historia y relevancia de la carta magna de 1917.

¿Qué se celebra el 5 de febrero?

El 5 de febrero de hace 101 años, el expresidente Venustiano Carranza promulgó la Constitución que elaboró en 1917. El escenario de ese acontecimiento fue el Teatro de la República, en el estado de Querétaro. Meses después, el 1 de mayo de ese mismo año, la carta magna entró en vigor, de acuerdo a los registros del gobierno de México.

Cayeron siete miembros de ‘Los Cubanos’ en Puebla; se dedicaban al robo de cuentahabientes

Además de las detenciones, elementos de la SSC aseguraron varios vehículos y más de 50 dosis de droga, entre marihuana, cristal y piedra

Carranza convocó a un congreso constituyente en 1916, con el objetivo de reconfigurar la Constitución Política de 1857. Este hecho fue un resultado directo de los movimientos revolucionarios que comenzaron en 1910, de los cuales el expresidente formó parte. Algunos artículos fueron escritos con ideales libertadores de aquella lucha.

Debido a la Constitución de 1917, Carranza logró asumir la presidencia la misma fecha que entraron en vigor las modificaciones constitucionales: el 1 de mayo del mismo año. Lo anterior es considerado el inicio de una nueva etapa constitucionalista en México.

Los registros de la secretaría de Gobierno señalan que las modificaciones fueron posibles debido a que se tenían algunos antecedentes para su elaboración. Los principales fueron: el Acta Constitutiva de la Federación y la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824; Las Siete Leyes Constitucionales de 1835-1836; las Bases Orgánicas de la República Mexicana de 1843; el Acta Constitutiva y de Reformas de 1847; y la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857.

¿Qué estableció la Constitución de 1917 y cuántas veces se ha modificado?

La carta magna es la más longeva de la historia en México, pues instauró la división de poderes: el Ejecutivo, Judicial y Legislativo. Con esta distinción la forma de gobierno fue republicana y representativa porque incentivó la no reelección. Reconoció las libertades de culto, expresión y asociación, también estableció la enseñanza laica y gratuita. Otro de sus beneficios fue la limitación de las jornadas laborales a un máximo de ocho horas.

Aunque estos derechos siguen vigentes, la Constitución de 1917 ha sido reformada en más de 707 ocasiones, de acuerdo con el Senado de la República. Los artículos constitucionales con más modificaciones han sido el 73 (facultades del Congreso), el 123 (trabajo), el 27(régimen de propiedad) y el 89 (facultades del Ejecutivo). Tan solo estos cuatro artículos se han modificado 144 veces, lo que representa el 20% del total de veces que se ha reformado la Constitución.

La Constitución actual está compuesta por 136 artículos y 19 artículos transitorios contenidos en nueve títulos: I. De las garantías individuales. II. De la soberanía nacional y de la forma de gobierno. III. De la división de poderes. IV. De las responsabilidades de los funcionarios públicos. V. De los Estados de la Federación. VI. Del trabajo y la previsión social. VII. Prevenciones generales. VIII. De las reformas a la Constitución. IX. De la inviolabilidad de la Constitución.

Visto 212 veces

Artículos relacionados (por etiqueta)