Los presidentes en función tendrán un término no mayor a 30 días hábiles, a partir del día siguiente al que firmaron el acta de Entrega-Recepción, para validar la documentación proporcionada, de conformidad con el Artículo 14 de la Ley que establece los procedimientos en esta materia.
En caso de observar inconsistencias y/o irregularidades fundadas, derivadas del contenido de los anexos, podrán solicitar al servidor público saliente la aclaración y pedir a Contraloría Municipal suspender el término, para que el servidor saliente realice las aclaraciones pertinentes, en un periodo no mayor a 10 días hábiles.
De no ser subsanados estos señalamientos, la Contraloría ejecutará las acciones correspondientes conforme a la Ley.